LICENCIA PROFESIONAL
Para el transporte de personas:
Habilita para conducir vehículos de transporte de pasajeros, vehículos de carga, ambulancias y carro bombas, pudiendo ser de las siguientes Clases:
Clase A1: Para conducir taxis
Clase A2: Para conducir indistintamente taxis, ambulancias o vehículos motorizados de transporte público y privado de personas con capacidad de diez o diecisiete asientos excluido el conductor.
Clase A3: Para conducir indistintamente taxis, vehículos de transporte remunerado de escolares, ambulancias o vehículos motorizados de transporte público y privado de personas sin limitación de capacidad de asientos.
Para el transporte de carga:
Clase A4: Para conducir vehículos simples destinados al transporte de carga cuyo Peso Bruto Vehicular sea superior a 3.500 kilogramos o carro bombas.
Clase A5: Para conducir carro bombas o todo tipo de vehículos motorizados, simples o articulados, destinados al transporte de carga cuyo Peso Bruto Vehicular sea superior a 3.500 kilogramos.
REQUISITOS
Tener como mínimo 20 años de edad.
Acreditar haber estado en posesión de la licencia Clase B durante 2 años.
Aprobar los cursos teóricos y prácticos que impartan las Escuelas de Conductores Profesionales debidamente reconocidos por el Estado.
Acreditar, en caso de la Clase A-3, haber estado en posesión de la Clase A-2 o Clase A-1. Tratándose de la clase A-5, los postulantes deberán acreditar haber estado en posesión, durante a lo menos dos años, de la Clase A-4.
LICENCIA NO PROFESIONAL
Clase B: Para conducir vehículos motorizados de tres o cuatro ruedas para el transporte particular de personas, con capacidad de hasta nueve asientos, o de carga cuyo peso bruto vehicular sea de hasta 3.500 kilogramos, tales como automóviles, motocoupés, camionetas, furgones y furgonetas.
Estos vehículos solo podrán arrastrar un remolque cuyo peso no sea superior a la tara de la unidad motriz y siempre que el peso total no exceda de 3.500 kilos.
Clases C: Para conducir vehículos motorizados de dos o tres ruedas, con motor fijo o agregado, como motocicletas, motonetas, bicimotos y otros similares.
REQUISITOS
CLASE B
Los postulantes a licencia de conductor Clase B deberán reunir los siguientes requisitos:
Tener como mínimo 18 años de edad. Excepcionalmente se podrá otorgar esta licencia a postulantes que sean mayores de 17 años, que hayan aprobado un curso en una Escuela de Conductores, debida y expresamente autorizados por sus padres, apoderados o representantes legales (ver requisitos de conducción en Art. 13, ley de Tránsito).
Ser egresado de enseñanza básica.
CLASE C
Los postulantes a licencia de conductor Clase C deberán reunir los siguientes requisitos:
Tener como mínimo 18 años de edad.
Ser egresado de enseñanza básica.
CLASE D
Los postulantes a licencia de conductor Clase D deberán reunir los siguientes requisitos:
Tener como mínimo 18 años de edad.
Saber leer y escribir.
Acreditar conocimientos y práctica en el manejo de los vehículos o maquinarias especiales de que se trate.
CLASE E
Los postulantes a licencia de conductor Clase E deberán reunir los siguientes requisitos:
Tener como mínimo 18 años de edad.
Saber leer y escribir. Podrá eximirse de este requisito quien apruebe un examen especial.
CLASE F
Los postulantes a licencia de conductor Clase F deberán reunir los siguientes requisitos:
Tener como mínimo 18 años de edad.
Aprobar los respectivos cursos institucionales.